Con una tasa nacional del 20,33% de desempleo es decir 4.696.600 parados a 25 de febrero de 2011. Las medidas activas encaminadas a estimular el mercado de trabajo y la mejora de la empleabilidad especialmente encaminada a colectivos en riesgo de exclusión social (9,80% de la población del municipio) para conseguir la reducción del desempleo, es una prioridad de este Ayuntamiento de la Esperanza
En la actualidad y debido a esta situación de crisis económica, el número de familias que llega a los servicios sociales comunitarios en situación de desempleo y de situación económica precaria se amplió considerablemente. Durante este último año el número de RISGAS ( Renta de integraciones social de Galicia) tramitadas desde el Ayuntamiento fue de 51 RISGAS. Esta prestación lleva consigo el diseño y cumplimiento de un proyecto de inserción a cara descubierta para que la familia alcance su plena autonomía e independencia y por supuesto su inserción socio- laboral.
Entre los objetivos principales, según a ley 13/2008 de servicios sociales de Galicia están, dar protección y oportunidades sociales y educativas a los menores de edad y aquellas otras que se encuentren en situación de conflicto o desamparo y garantizar el apoyo a las famlias como marco de referencia en el que se desarrollan las personas.
En el Cap. I, artículo 9 , referido a los servicios sociales comunitarios señalara que se configuran como servicios de carácter integrador, constituyendose en la principal instancia del sistema pra el desarrollo de intervenciones de carácter preventivo, de atención integral a personas y familias y de incorporación social y laboral.
Asimismo, la ley 13/2008 de servicios sociales de Galicia establece como funciones de los servicios sociales comunitarios la elaboración de un plan de interveción comunitario acorde con las necesidades detectadas y o anticipadas y la identificación de grupos de población vulnerables y la detección precoz de situaciones de riesgo para el desarrollo de actuación de carácter preventivo y de promoción social.
1ª. Convocatoria
Con el Objeto de fomentar e incentivar la Iniciativa Municipal de Empleo (IME) del Ayuntamiento de la Esperanza para el ejercicio 2011, a la vez que dar respuesta con una actuación conjunta de los Servicios Sociales y Empleo Área de Promoción Económica a las personas del Ayuntamiento en riesgo de exclusión social con la finalidad de favorecer el empleo estable, redactada conforme a lo previsto en la Ordenanza General de Subvenciones del Área de Servicios Sociales, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 9/2007, de 13 de junio de la Comunidad Autónoma de Galicia y de acuerdo con los principios de concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación
2ª. Crédito presupuestario
La cantidad total máxima para esta convocatoria ascienda a 30.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 2011.241.470.01 Transferencias corrientes a empresas privadas, descrita en el anexo de transferencias aprobado junto con el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2011.
La Cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar para cada trabajador contratado la cantidad de 1.122,45 €, anuales. debiendo ajustarse los contratos subvenciona-bles a los requisitos establecidos en el objeto de esta convocatoria.
3º. Objetivos
- Creación de nuevos o ampliación de puestos de trabajo con el fin de aumentar el empleo de la población del Ayuntamiento de la Esperanza y posibilitar el empleo de los demandantes o usuarios de los Servicios Sociales.
- Ayudar a reducir el número de beneficiarios de prestaciones sociales.
- Ayudar a resolver de forma independiente sus problemas socio-económicos.
- Ayudando a formar una comunidad más activa y madura capaz de resolver sus problemas socio-económicos de forma independiente.
- Alcanzar un mayor grado de eficacia en las políticas municipales relacionadas con la promoción económica y empleo.
- El valor añadido del proyecto (las posibilidades de aplicación más amplia, oportunidades para aumentar el empleo en otros ámbitos socio-económicos, etc.)
3º.1. Destinatarios
Los grupos socialmente vulnerables de personas identificadas por bolsas de trabajo local, junto con los servicios sociales del Ayuntamiento.
3º.2. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios cualquier persona física o jurídica que genere empleo de forma indefinida o temporal a tiempo completo o parcial, en cualquiera de las modalidad contractuales existentes en el mercado laboral.
4ª. Tipo y cuantía de las Ayudas.
Las ayudas serán a fondo perdido y su finalidad es subvencionar el costo de 45 días de salario tomando como referencia el SMI para 2011.
Será subvenciona-ble como máximo, según el tipo de contrato, las siguientes cantidades.
-Contrato indefinido a tiempo completo y duración todo el año 2011...1.122,45 euros.
-Contrato indefinido a tiempo parcial y duración todo el año 2011: 1.122,45 € a repartir entre el % de la jornada.
-Contrato temporal a tiempo completo: 1.122,45/365 por el número de días de duración
-Contrato temporal a tiempo parcial: 1.122,45/365 por número de días de duración/% de la jornada.
5ª Solicitudes
Las personas, físicas o jurídicas, interesadas en la convocatoria de las subvenciones presentarán Solicitudes de Subvención según modelo normalizado incorporado como a anexo a esta convocatoria.
Junto a la solicitud deberán acompañar:
Fotocopia compulsada del NIF, pasaporte o carta de residencia en el caso de empresario individual.
Fotocopia compulsada del CIF y fotocopia compulsada de las escrituras de constitución debidamente registradas.
Fotocopias compulsada del poder del representante legal de la entidad, en su caso.
Fotocopia de alta modelo declaración censal.
Fotocopias contratos de trabajo compulsadas.
Fotocopias TA2 alta na S.S. Compulsadas.
Certificación de la Seguridad Social de estar al corriente con sus obligaciones.
Declaración de no estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición establecidos en el articulo 13 de la Ley 38/2003, se substituye las certificaciones del articulo 22.2 y 3 del Real Decreto 887/2006, Reglamento de la Ley General de Subvenciones atendiendo al límite fijado en el artículo 24.4 de la misma norma y informar sobre la existencia no de otras subvenciones.
En aplicación del artículo 35 f) de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los ciudadanos quedarán eximidos de la presentación de cualquiera de los documentos anteriores cuando cualquiera de ellos se encontrara en poder del propio Ayuntamiento. A tal fin, los interesados deberán indicar la fecha y el órgano de presentación del documento en cuestión.
El solicitante autoriza al Ayuntamiento , a realizar cuantas comprobaciones considera oportunas al objeto de verificar o solicitar nuevos datos que pudiesen afectar las condiciones de la subvención. Si del resultado de esta comprobación se pusieran de manifiesto datos distintos a los manifestados por los usuarios que diesen lugar a la concesión de la subvención en condiciones ventajosas, se adoptarán las medidas necesarias para corregir y, de ser el caso, repara el perjuicio causado con independencia de la procedencia del procedimiento de reintegro en las condiciones previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
6ª. Presentación y plazo.
Presentación y plazo. Una vez cumplimentada la solicitud junto la la documentación en él referida se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, en los registros auxiliares, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 da Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico das Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La presentación de la solicitud determina el derecho a exigir de la Administración correspondiente recibo que acredite la fecha de presentación, admitiendo cómo tal una copia en la que figure la fecha de presentación anotada por la oficina correspondiente.
El plazo para la presentación de estas solicitudes será hasta el 31 de mayo de 2011, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria específica en el Boletín Oficial de la Provincia.
Una vez registrada se dará traslado al Departamento de Servicios Sociales y Agencia de desarrollo local.
En el despacho de las solicitudes se guardará la orden rigurosa de incoacción de las mismas, salvo que por los responsables del servicio se haya dado orden motivada en contrario, de la que deberá quedar constancia en cualquiera caso.
De observarse que la solicitud fuera incompleta o defectuosa, se requerirá al solicitante para que en el plazo máximo de 10 días enmiende la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicando en dicho requerimiento que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición.
7ª. Criterios y valoración.
La valoración de las ayudas se graduará teniendo en cuenta los siguientes criterios, todos ellos a evaluar en el momento de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de estas Bases:
a) Recibir el asesoramiento para la contratación a través del Servicio Municipal de Empleo.................2,5 puntos.
b) Informe de Servicios Sociales sobre el trabajador y su situación de exclusión social:
b.1.- Personas que en su entorno familiar carezcan de rentas.....10 puntos.
b.2.- Personas victimas de violencia de género........................7,5 puntos.
b.3.- Emigrantes retornados con dificultades de adaptación........5 puntos.
b.4.- Minorías con dificultades de integración social....................2,5 puntos.
c) Compromiso de colaborar con los Servicios Sociales y Servicio Municipal de Empleo para que la integración social del contratado/a sea real y efectiva, aportando a la vez posibles ideas innovadoras al respecto: de 1 a 5 puntos.
No obstante, el Ayuntamiento quedará exceptuado de fijar una orden de prelacía si el crédito consignado fuese suficiente para atender al todas los solicitudes presentadas en el plazo fijado para ello.
8ª. Proposta y Resolución de concesión.
Propuesta y Resolución de Concesión. La tramitación de estas ayudas se efectuará siempre en régimen de concurrencia competitiva.
a) De la elaboración del Informe de Valoración Provisional La solicitud, junto a la documentación antes referida, se recepcionará en la Concejalía del Área de Promoción Económica, para que dos Técnicos a designar analicen la documentación presentada, comprobaciones de documentos a los que hubiera lugar, procedan a redactar, con carácter preceptivo, un informe en el que se evaluará provisionalmente el grado de cumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión de esta subvención atendiendo a los criterios de valoración que se incorporan en la Base anterior de esta convocatoria.
De este informe se dará cuenta a la Comisión de Valoración indicando, la cuantía de subvención, en el caso de ser positiva, y causas de exclusión en el caso de ser negativa, circunstancia que sólo procederá cuando se acredite el incumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria u otras causas excepcionales debidamente acreditadas.
b) El Informe de Valoración Provisional se remitirá a la Comisión de Valoración, para que, constituida en el mismo acto, se reúna dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la remisión, siendo la encargada de evaluar definitivamente las solicitudes presentadas. La Comisión de Valoración estará compuesta por: El Concejal/a Área de Promoción Económica Servicios Sociales, Empleo, o personas en quien deleguen.
Jefe del Departamento de Servicios Sociales, y Agencia Municipal de Empleo técnicos/as del área de Promoción Económica y Comercio, nombradas para esta finalidad y de los que uno/a de ellos/as, como mínimo, será distinta de las designadas para la elaboración de los informes de valoración provisionales.
Del resultado de la reunión o reuniones mantenidas por esta Comisión de Valoración se levantará acta y se elaborará Propuesta Definitiva de Concesión de Subvención a todas y cada una de las entidades adjudicatarias o, en su caso, de denegación o exclusión de las mismas.
Del resultado de la reunión o reuniones mantenidas por esta Comisión de Valoración se levantará acta y se elaborará Propuesta Definitiva de Concesión de Subvención a todas y cada una de las entidades adjudicatarias o, en su caso, de denegación o exclusión de las mismas.
Resolución y notificación El Alcalde será el órgano competente para resolver sobre la concesión o denegación de estas subvenciones, resolución que se dictará por este órgano o en quien se delegara, una vez recepcionada la propuesta definitiva de la Comisión de Valoración.
Su notificación se cursará individualmente a cada uno de los interesados en el plazo legalmente establecido contados a partir de la fecha de resolución con las formalidades legalmente previstas, incluyendo necesariamente, entre otras cuestiones, mención expresa de que la misma pone fin a la vía administrativa y deberá incluir los recursos comunes y jurisdiccionales, a los que tuviera derecho en los plazos y términos establecidos.
Con independencia de esta notificación individual, se publicará una lista con el resultado de estas concesiones en la página web http://www.esperanza.org.
Transcurrido el plazo previsto legalmente establecido sin que se notifique de forma expresa la resolución y sin perjuicio de la obligación de resolver, se podrá entender desestimada la solicitud a efectos de permitir al interesado/a interposición de los recursos a los que hubiera lugar en los plazos y tener establecidos.
8ª Lista de espera.
Lista de espera y o instrumento a través del cual se ordena la prioridad en la concesión das subvenciones en el casó de que no exista dotación presupuestaria suficiente para atender a todos los potenciales beneficiarios.
La lista de espera será única y se ordenará según la puntuación obtenida por aplicación de los criterios de evaluación que se incorporan en la Base 7ª de esta convocatoria. En caso de igualdad de puntuación se atenderá, por el orden establecido en la Base 7.b.
La lista de espera será única y se ordenará según la puntuación obtenida por aplicación de los criterios de evaluación que se incorporan en la Base 7ª de esta convocatoria. En caso de igualdad de puntuación se atenderá, por el orden establecido en la Base 7.b.
9ª Forma de pago
El abono de la subvención se llevará a cabo mediante un pago único, quedará condicionado a que:
a) Se acredite el gasto conforme a lo establecido en la Base 11ª y 15ª de esta convocatoria.
b) Certificado actualizado de estar al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o declaración responsable presentada conforme o anexo 2 de esta convocatoria. A eses efectos y habida cuenta o presentado no momento da solicitud deberá tenerse en cuenta que o artículo 88.4 del Reglamento de Subvenciones estableció que ?no será necesario acercar joven certificación se la acercada en la solicitud de concesión no pasó o plazo de seis meses de validez.
10ª. Compatibilidad
Los contratos subvencionados podrán ser objeto de subvención y/o bonificación por otras instituciones, públicas o personales, siempre que el imponerte total de las mismas no supere el coste efectivo y real de los gastos subvencionados. El reintegro del exceso se hará a favor del Ayuntamiento.
11ª. Justificación para su abono
Resuelta la concesión, la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos de la subvención para su abono revestirá la forma de cuenta justificativa, para lo que, deberá acercarse la siguiente documentación:
Remisión documento de justificación da subvención conforme al Anexo 4.
Relación numerada y ordenada cronológicamente de los contratos que justifican la subvención con arreglo al Anexo 5 aprobado con esta convocatoria.
Documentos justificativos, todos ellos originales o copias compulsadas, ordenados correlativamente según el número de orden asignado en anexo 5 anteriormente referencia-do, así como los documentos que acrediten la efectividad de su pago. Se considerarán medios acreditados de pago:nóminas y TC1 y TC2 con justificación de la transferencia bancaria y/o domiciliación bancaria.
Documentos justificativos, todos ellos originales o copias compulsadas, ordenados correlativamente según el número de orden asignado en anexo 5 anteriormente referencia-do, así como los documentos que acrediten la efectividad de su pago. Se considerarán medios acreditados de pago:nóminas y TC1 y TC2 con justificación de la transferencia bancaria y/o domiciliación bancaria.
Pago
Ficha de transferencia bancaria.
Ficha de transferencia bancaria.
Plazo de la justificación.-
El plazo para la justificación y la documentación referida irá desde la fecha de resolución de la concesión e incluso hasta 31 de diciembre del año 2011. La documentación se presentará e el Registro General del Ayuntamiento de la Esperanza.
12ª. Publicidad
a) De la convocatoria
Esta convocatoria será publicada en Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña, en el tablero de anuncios del Ayuntamiento, y en la página web http//www.esperanza.org, una vez aprobada por el Alcalde.
Tal y como se expuso con anterioridad, con independencia de la notificación individual de la resolución de concesión fijada en la base 8 a.c) de esta convocatoria, la lista con las ayudas concedidas será publicada en la página web http://www.esperanza.org, y expuesta en el tablero de anuncios del Ayuntamiento.
13ª. Revocación de la subvención concedida y reintegro.
Se procederá a la revocación y reintegro de la subvención concedida cuando concurran cualquiera de las siguientes circunstancias:
a) Obtención de la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que las hubiesen impedido.
b) Obtención de otras ayudas compatibles que aisladamente o en concurrencia superen el coste total de los gastos subvencionados.
c) Obtención de otras ayudas que fueran declaradas expresamente incompatibles.
d) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en los artículos 14 y 15 da Ley General de Subvenciones, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registra-les o de conservación de documentos cuando de eso se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos.
e) Cualquier otra causa que expresamente constituya infracción administrativa en materia de subvenciones por acción u omisión conforme al establecido en la Ley General de Subvenciones y normativa de desarrollo.
Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público siendo de aplicación para su cobranza lo dispuesto en el Texto Refundido da Ley Reguladora das Haciendas Locales aprobado mediante Real Decreto legislativo 2/2004 y normativa de desarrollo.
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del paga de la subvención e incluso la fecha en que se acuerde el origen del reintegro, sin perjuicio de la sanción a la que, en su caso, hubiera lugar. El acuerdo de reintegro será notificado al interesado con indicación de la forma y plazo en que deba efectuarse.
En todo caso, durante la tramitación del procedimiento de reintegro se garantizará, en todo caso, o derecho del interesado a la audiencia.
En cualquier momento podrá o beneficiario de una subvención desistir o renunciará su concesión, sin perjuicio das responsabilidades a las que, en caso alguno, hubiera lugar y sin que, habiéndose producido ya o abono da misma, deba procederse a su devolución conforme al procedimiento de reintegro de subvenciones anteriormente indicado.
13ª. Infracciones y sanciones
Constituirán infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones y omisiones tipificadas en la Ley General de Subvenciones y su normativa de desarrollo.
Se podrán imponer las sanciones tipificadas en los artículos 59 a 63 da Ley General de Subvenciones, ajustándose al procedimiento sancionador previsto en los artículos 54 a 58 y 66 a 69 da Ley General de Subvenciones y siendo órgano competente el mismo órgano que tiene atribuida la competencia para su resolución.
Disposición adicional
Delegara en el Primer Teniente de Alcalde Responsable da Área de Promoción Económica del Ayuntamiento de la Esperanza la facultad de interpretar y aplicar las disposiciones contenidas en esta Convocatoria de competencia del Alcalde, así como la redacción de cuantas instrucciones fueran necesarias para su correcta aplicación. En particular delega en el Primer Teniente de Alcalde Responsable del área de Promoción Económica del Ayuntamiento de la Esperanza, la Resolución de Concesión de Subvención y la imposición de sanciones.
ANEXO 1
SOLICITUD DE SUBVENCIONES
A la:
Concejala de Promoción Económica,
Convocatoria: Subvenciones Iniciativas Municipales de Empleo Año: 2011
DATOS DE LA ENTIDAD
DATOS DE LA ENTIDAD
Nombre:
CIF:
Domicilio de la actividad:
Domicilio de la actividad:
Código Postal:
Domicilio a los efectos de notificaciones:
Código Postal:
Teléfono:
Móvil:
e-mail:
En caso de sociedades civil, comunidades de bienes y agrupaciones de personas físicas o jurídicas, porcentaje de participación de cada un dos sus miembros:
Nombre y apellidos:
Porcentaje:
Representante (en su caso)
Representante (en su caso)
Nombre:
NIF:
EXPONE: Que a la vista da Convocatoria de Subvenciones para Iniciativas Municipales de Empleo del Ayuntamiento de la Esperanza 2011
SOLICITA: Le sea concedida una subvención por la contratación de:
EXPONE: Que a la vista da Convocatoria de Subvenciones para Iniciativas Municipales de Empleo del Ayuntamiento de la Esperanza 2011
SOLICITA: Le sea concedida una subvención por la contratación de:
para lo que se acercan los documentos requeridos cuya veracidad certifico y
DECLARA: Que cumple la totalidad dos requisitos exigidos en las bases de esta convocatoria y en la normativa de referencia.
En la Esperanza, a de de 2011
ANEXO 2
DECLARACIÓN RESPONSABLE
Don/Dona
NIF
con domicilio en
con domicilio en
en representación de
con NIF
con domicilio en la calle, de
Código Postal:
formulo las siguientes declaraciones en relación con la Convocatoria de Subvenciones a Iniciativas Municipales de Empleo del Ayuntamiento de la Esperanza 2011
DECLARACIÓN RESPONSABLE en relación con no estar incurso en las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 da Ley 38/2003 para obtener la condición de beneficiario de subvenciones:
a) No haber sido condenado mediante sentencia firme a pena de pérdida da posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas
b) No tener solicitada la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en calquerrprocedimiento, encontrarse declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal que concluirá el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso C) No haber dado lugar, por causa de la que fuera declarado culpable, a la resolución firme de cualquiera contrato celebrado con la Administración d) No estar incurso la persona física, os administradores das sociedades mercantiles, aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas o cualquier dos miembros de comunidades de bienes u otras agrupaciones de personas en algún dos supuestos da Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades dos Miembros del Gobierno da Nación y dos altos cargos da Administración General del Estado, da Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio das Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera dos cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio de Régimen Electoral General, nos tener establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. e) Encontrarse al corriente en cumplimiento de las obligación tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.
f) No tener residencia fiscal en un país o territorio reglamentariamente cómo paraíso fiscal
g) No tener pendiente o pago de obligación por reintegro de subvenciones.
h) No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida da posibilidad de obtener subvenciones segundo la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvención o en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria.
DECLARACIÓN RESPONSABLE sobre otras subvenciones en relación con el objeto da subvención solicitada, declaro:
Que no obtuve ningún tipo de subvención de otras Administraciones Públicas, Entes Públicos o personales, o de particulares, nacionales o internacionales.
Que obtuve las siguientes subvenciones de otras Administraciones Públicas, Entes públicos o personales, o de particulares, nacionales o internacionales:
Entidad
Concepto
Cuantía concedida
DECLARACION RESPONSABLE sobre que el contrato supone un aumento de plantilla por motivos de..
Al mismo tiempo AUTORIZO al Departamento de Promoción Económica:
Para que compruebe en cualquier momento de la tramitación de la subvención que me encuentro al corriente en el cumplimiento de loss deberes tributarios y al frente de la Seguridad Social
2. Que a los efectos da Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el representante legal firmante de este documento, así cómo cualquiera otra persona cuyos datos se recojan no incluso, autoriza al Departamento de Promoción Económica, a incorporar eses, o aquellos otros dos que había tenido conocimiento como consecuencia da relación iniciada, la un fichero automatizado responsabilidad del Ayuntamiento de la Esperanza que tiene por finalidad dar cumplimiento las funciones a realizar dentro del proceso de trámite, gestión, concesión y pago encomendados por la Ley General de Subvenciones, 38/2003 y normativa de de desarrollo, así como para la gestión de otros servicios o programas de iniciativa municipal de su posible interés.
2. Que a los efectos da Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el representante legal firmante de este documento, así cómo cualquiera otra persona cuyos datos se recojan no incluso, autoriza al Departamento de Promoción Económica, a incorporar eses, o aquellos otros dos que había tenido conocimiento como consecuencia da relación iniciada, la un fichero automatizado responsabilidad del Ayuntamiento de la Esperanza que tiene por finalidad dar cumplimiento las funciones a realizar dentro del proceso de trámite, gestión, concesión y pago encomendados por la Ley General de Subvenciones, 38/2003 y normativa de de desarrollo, así como para la gestión de otros servicios o programas de iniciativa municipal de su posible interés.
Es, así mismo, consciente de que los datos facilitados pueden resultar obligatorios para la gestión y tramitación del expediente, comprometiéndose a comunicar no menor plazo de tiempo posible al Departamento de Promoción Económica, cualquier variación de los datos manifestados con el fin de poder proceder a su actualización. O Departamento de Promoción Económica, en tanto no se comunique lo contrario, entenderá que los datos proporcionados son exactos y actuales.
Por parte de representante legal firmante o cualquier otro interesado se podrán ejercitar los derechos que les asisten de acceso, rectificación, cancelación y oposición en la forma legalmente prevista, remitiendo comunicación al Departamento de Promoción Económica.
Advertido de las responsabilidades legales que se derivan por falsedad en documentos administrativos y, en particular, la exigencia del reintegro da subvención más os intereses de demora corresponda entes, sin perjuicio de la tramitación del correspondiente expediente sancionador, firmo la presente.
En la Esperanza, a de de 2011.
ANEXO 3
MEMORIA DE LA ACTIVIDAD
A continuación presentar el contenido mínimo que se debe reflejar en la memoria explicativa del proyecto, pudiendo el solicitante, si lo considera conveniente, ampliar la información que a continuación se detalla:
Convocatoria: Subvenciones Iniciativas Municipales de Empleo
Año: 2011
1.DATOS GENERALES
DATOS DE LA ENTIDAD
Denominación Social:
CIF/NIF
Domicilio de la actividad
Domicilio de la actividad
Código Postal:
Localidad:
Provincia:
Teléfono:
DATOS PERSONALES
Teléfono:
DATOS PERSONALES
Datos de los/socios/as
Nombre y apellidos (socio/a)
D.N.I.
Domicilio
Código Postal:
Domicilio
Código Postal:
Localidad:
Provincia
Teléfono
DATOS DE REPRESENTANTE (en su caso)
Provincia
Teléfono
DATOS DE REPRESENTANTE (en su caso)
Nombre y apellidos (socio/a)
D.N.I.
Domicilio
Código Postal
Domicilio
Código Postal
Localidad
Provincia
Teléfono
2.ANTECEDENTES LABORALES
Provincia
Teléfono
2.ANTECEDENTES LABORALES
Actividades profesionales realizadas
Por cuenta ajena
Por cuenta propia
Duración
3.CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
3.CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
3.1.Descripción del contrato
Señalar como mínimo:
Fecha de inicio:
Número de personas contratadas:
Tipo de contrato:
3 DURACION DEL CONTRATO
3.1 Contrato indefinido.
3.1.a. A tiempo completo.
3.1.b. A tiempo parcial.
3.2 Contrato de duración determinada
3.2.a. A tiempo completo.
3.2.b. A tiempo parcial.
4.- Coste del contrato
Fondos propios o aportaciones de los socios
Subvención solicitada al Ayuntamiento
Otras subvenciones/bonificaciones solicitadas
Financiación ajena
ANEXO 4
JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
A la:
Concejala de Promoción Económica,
Convocatoria: Subvenciones Iniciativas Municipales de Empleo.
Año: 2011
DATOS DE LA ENTIDAD
Nombre:
CIF:
Domicilio Social:
Domicilio Social:
CP:
Teléfono:
Teléfono:
Móvil:
e_mail:
Representante (en su caso)
Nombre:
NIF:
El Primer Teniente de Alcalde Responsable del Área de Promoción Económica con fecha resolvió la concesión de una subvención a esta
actividad por imponerte de ? En el marco de la Convocatoria de Subvenciones a Iniciativas Municipales de Empleo 2011 del Ayuntamiento del a Esperanza.
El Primer Teniente de Alcalde Responsable del Área de Promoción Económica con fecha resolvió la concesión de una subvención a esta
actividad por imponerte de ? En el marco de la Convocatoria de Subvenciones a Iniciativas Municipales de Empleo 2011 del Ayuntamiento del a Esperanza.
Para su justificación y previo al pago de la subvención, con esta misma fecha,
CERTIFICA: que la totalidad de los gastos del/os contrato/s celebrados presentados resultan subvenciona-bles conforme a los requisitos y criterios establecidos en las Bases da Convocatoria de esta Subvención o cual se acredita mediante la presentación de los siguientes documentos:
1) Relación numerada de contratos(Anexo5)
2) Justificantes bancarios de pago de nóminas y seguros sociales (TCS), que acreditan el destino de los fondos subvencionados.
3) N° cuenta bancaria donde deseo sea efectuada la transferencia de la subvención (Anexo 6)
En la Esperanza, la de de 2011
ANEXO 5
RELACION NUMERADA DE JUSTIFICANTES
A la:
Concejala de Promoción Económica,
Convocatoria: Subvenciones Iniciativas Municipales de Empleo
Año: 2011
DATOS DA ENTIDAD
Nombre:
CIF:
Domicilio Social:
CP:
Teléfono:
Móvil:
e_mail:
Representante (no su caso)
Nombre:
NIF:
Imponerte da subvención concedida:
N° orden
Fecha
Nóminas
Nóminas
Seguros Sociales
Observaciones
D .................................................................................................................................. certifica que os justificantes adjuntos corresponden a la aplicación dos fondos recibidos.
D .................................................................................................................................. certifica que os justificantes adjuntos corresponden a la aplicación dos fondos recibidos.
En la Esperanza, a de de 2011
ANEXO 6
FICHA DE SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA
INICIATIVAS MUNICIPALES DE EMPLEO
Convocatoria 2011
TITULAR DA CUENTA
DNI /NIF
ENDEREZO
POBLACIÓN (indicar CP)
POBLACIÓN (indicar CP)
TELÉFONO
DATOS DA CUENTA
DATOS DA CUENTA
CÓDIGO BANCO
CODIGO SUCURSAL
DC
CÓDIGO DA CUENTA
CÓDIGO DA CUENTA
BANCO/ENTIDAD
ENDEREZO
CP
LOCALIDAD
CERTIFICO:
Que los datos reflejados son correctos y corresponden al título y número de cuenta del\/a beneficiario/la.
ENDEREZO
CP
LOCALIDAD
CERTIFICO:
Que los datos reflejados son correctos y corresponden al título y número de cuenta del\/a beneficiario/la.
En la Esperanza, a de de 2011
FIRMA DEL/A Solicitante FIRMA Y SELLO DE LA ENTIDAD FINANCIERA
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